🌲¿ Qué es un ANP ?

Según el Artículo 68° de la Constitución Política del Perú: “El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas”.
👉CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES:
- Es un área geográficamente definida: lo que indica que su ubicación, límites y extensión están claramente establecidos a través de un instrumento legal, y demarcados en el terreno.
- Designada y manejada: establecida para un uso controlado a través de planes de manejo.
- Con el fin de alcanzar objetivos específicos de conservación: para conseguir la conservación a largo plazo de la naturaleza y de sus servicios ecosistémicos y sus valores culturales asociados. El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD) define un área protegida como “un área geográficamente definida que está designada o regulada y gestionada para lograr específicos objetivos de conservación.
- Mantiene muestras de los distintos tipos de comunidad natural, paisajes y formas fisiográficas, en especial de aquellos que representan la diversidad única y distintiva del país.
👉EN EL PERÚ SE HAN ESTABLECIDO:
- 76 ANP de administración nacional, que conforman el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE.
- 20 Áreas de Conservación Regional.
- 127 Áreas de Conservación Privada.
🌷Áreas protegidas del SINANPE:

Al 27 de julio de 2011, el SINANPE estaba integrado por 77 áreas naturales protegidas (19 528 864.27 ha). Si se consideran las Áreas de Conservación Regional - ACR (15, con una superficie protegida de 2 405 558,82 ha) y las Áreas de Conservación Privada - ACP (61, con 253 589.00 ha) el territorio total protegido del país es de 22 163 003,71 ha, un 16,93% del total nacional.
🌸Categorías:
Existen diversas opciones de categorías de área natural protegida cuyos objetivos de protección varían gradualmente. Según su condición legal, finalidad, usos permitidos, existen áreas de uso directo y áreas de uso indirecto.
🍀Áreas de uso directo:
Son aquellas que permiten el aprovechamiento de recursos naturales, prioritariamente por las poblaciones locales, bajo los lineamientos de un Plan de Manejo aprobado y supervisado por la autoridad nacional competente. Son áreas de uso directo:
- Reservas nacionales (RN): Áreas destinadas a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible, incluso comercial, de los recursos de flora y fauna silvestre bajo planes de manejo, con excepción de las actividades de aprovechamiento forestal comercial con fines madereros.
- Reservas Paisajísticas (RP): Áreas donde se protege ambientes cuya integridad geográfica muestra una relación armoniosa entre el hombre y la naturaleza, albergando por ello importantes valores naturales, culturales y estéticos. Si la zonificación del área así lo prevé, pueden permitirse el uso tradicional de recursos naturales, los usos científicos y turísticos y los asentamientos humanos. Las actividades que signifiquen cambios notables en las características del paisaje y los valores del área están excluidas.
- Bosques de Protección (BP): Áreas que se establecen para proteger las cuencas altas o colectoras, las riberas de los ríos y de otros cursos de agua y, en general, para proteger contra la erosión a las tierras frágiles que así lo requieran. En ellos se permite el uso de recursos y el desarrollo de actividades que no afecten la cobertura vegetal, los suelos frágiles o cursos de agua.
- Reservas Comunales (RC): Áreas destinadas a la conservación de la flora y fauna silvestre en beneficio de las poblaciones rurales vecinas las cuales, por realizar un uso tradicional comprobado, tienen preferencia en el uso de los recursos del área. El uso y comercialización de recursos se hace bajo planes de manejo, aprobados y supervisados por la autoridad y conducidos por los mismos beneficiarios.
- Cotos de Caza (CC): Son áreas destinadas al aprovechamiento de la fauna silvestre a través de la práctica regulada de la caza deportiva.
- Refugios de Vida Silvestre (RVS): Áreas que requieren intervención activa para garantizar el mantenimiento y recuperación de hábitats y poblaciones de determinadas especies. Se excluyen el aprovechamiento comercial de recursos naturales que puedan provocar alteraciones significativas del hábitat.
👉Ejemplos de ANP de uso directo:
🌻Reservas nacionales:
Reserva Nacional de Junín | ||
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Categoría UICN VI (área protegida de recursos gestionados) | ||
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Reserva Nacional de Paracas | ||
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Categoría UICN VI (área protegida de recursos gestionados) | ||
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🎨Reservas paisajistas:
Bosque de Protección de Pagaibamba | ||
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Categoría UICN VI (área protegida de recursos gestionados) | ||
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Bosque de Protección Alto Mayo | ||
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Categoría UICN VI (área protegida de recursos gestionados) | ||
👪Reservas comunales:
Reserva Comunal El Sira | ||
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Categoría UICN VI (área protegida de recursos gestionados) | ||
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Reserva comunal Purús | ||
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🐎Cotos de caza:
Coto de Caza El Angolo | ||
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Categoría UICN VI (área protegida de recursos gestionados) Ubicación: | ||
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Coto de Caza Sunchubamba | ||
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Categoría UICN VI (área protegida de recursos gestionados) Ubicación: | ||
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🐾Refugios de vida silvestre:
Refugio de Vida Silvestre Los Pantanos de Villa | ||
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Categoría UICN IV (área de gestión de hábitat/especies) | ||
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Refugio de Vida Silvestre Laquipampa | ||
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Categoría UICN IV (área de gestión de hábitat/especies) | ||
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Fotografía de un oso andino o "de anteojos".
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🌸Áreas de uso indirecto:
Las Áreas de uso indirecto son aquellas de protección intangible, en las que no se permite la extracción de recursos naturales y ningún tipo de modificación del ambiente natural. Estas áreas solo permiten la investigación científica no manipulativa y actividades turísticas, recreativas, educativas y culturales bajo condiciones debidamente reguladas. Son áreas de uso indirecto:
- Parques nacionales (PN): Los parques nacionales han sido creados en áreas que constituyen muestras representativas de las grandes unidades ecológicas del país. En ellos se protege la integridad ecológica de uno o más ecosistemas, las asociaciones de flora y fauna silvestre, los procesos sucesionales y evolutivos, así como características paisajísticas y culturales. En ellos no se pueden desarrollar actividades cinegéticas, ganaderas, pastoriles, madereras o mineras, o en general todas aquellas que supongan la explotación de los recursos naturales
- Santuarios nacionales (SN): Son áreas donde se protege el hábitat de una especie o una comunidad de flora y fauna, así como formaciones naturales de interés científico y paisajístico y de importancia nacional.
- Santuarios históricos (SH): Son áreas que además de proteger espacios que contienen valores naturales relevantes, constituyen el entorno de muestras del patrimonio monumental y arqueológico del país o son lugares donde se desarrollaron hechos sobresalientes de la historia nacional.
👉Ejemplos de ANP de uso directo:
🌳Parques nacionales:
Parque nacional de los animales (cutervo) | ||
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Categoría UICN II (parque nacional) | ||
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Vegetación en el Parque Nacional de Cutervo.
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Parque nacional del Manu | ||
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Categoría UICN II (parque nacional) | ||
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Selva del Manu
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🌱Santuarios nacionales:
Santuario Nacional de Huayllay | ||
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Categoría UICN III (monumento natural) | ||
Bosque de Piedas Huayllay.
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Santuario Nacional de Ampay | ||
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Categoría UICN III (monumento natural) | ||
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Lago Usphaqucha "Ampay Grande"
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🍁Santuarios históricos:
Santuario histórico de Machu Picchu | ||
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Categoría UICN III (monumento natural) | ||
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Vista de la Puerta del Sol desde el camino incaico a Machu Picchu.
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Santuario Bosque de Pomac | ||
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Categoría UICN III (monumento natural) | ||
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🌹Conclusión final:

- Contribuir a la conservación, protección y respeto hacia los ecosistemas.
- La actividad turística debe ser viable a largo plazo, y los beneficios económicos deben repartirse de forma equitativa.
- La población local debe ser el principal grupo beneficiario del turismo en las áreas protegidas.
- Respetar la cultura de los residentes cercanos a las áreas protegidas.
- La producción y el consumo del turismo debe ser sostenible.
- Conservación ambiental, respeto cultural, turismo sostenible y paz deben ser interdependientes.
- Es obligatorio elaborar un estudio de impacto ambiental antes de comenzar cualquier proyecto turístico en áreas naturales protegidas.
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